Kitzur Shuljan Aruj 106.6

.

לִתְבֹּעַ חוֹבוֹת, נָהֲגוּ לְהָקֵל אֲפִלּוּ מִיִשְֹרָאֵל, מִשּׁוּם דְּחוֹשְׁבִין לְדָבָר הָאָבֵד.

Es costumbre ser indulgente con respecto al cobro de deudas, incluso cuando la deuda es de un judío, porque consideramos que esto es la prevención de una pérdida. 11 Ver Shulchan Aruch 539: 2–3. Esta razón es solamente necesaria para las deudas comerciales, tales como pago de mercancía (ya D elivered). Estos tienen la halajá del comercio, y se permiten solo cuando se clasifican como prevención de pérdida. Sin embargo, las deudas de préstamos no se consideran negocios y puede tratar de cobrarlas en Chol Hamoed, incluso en la corte. (vea Taz, Mi shnah Berurah 539: 7–11) Si tiene una buena seguridad ( מַּשְׁכּוֹן ) no puede hacer su reclamo en Beis Din (corte) en Chol Hamoed . ( Eliyahu Rabba ) Al reclamar los préstamos pendientes, etc., si no se consideran preventio n de pérdida, es posible que no hacer Melajá (como la escritura) en el proceso. < / i>

Kitzur Shuljan Aruj 106.6 en Español

Siguiente Pasuk ➡

⬅ Pasuk Anterior
.